Licencia Sanitaria para Establecimientos con Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión Sanguínea

Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión Sanguínea

De acuerdo con los artículos 198, 315, 369, 370 y 371 de la Ley General de Salud, los establecimientos que ofrecen servicios de salud, especialmente aquellos con bancos de sangre y servicios de transfusión sanguínea, deben contar con una Licencia Sanitaria antes de iniciar operaciones. En PERSCON, te ayudamos a gestionar este trámite de manera eficiente y cumpliendo con todos los requisitos.


Requisitos para la Licencia Sanitaria

  • Formato correspondiente: Debe estar completo y correctamente llenado, con letra legible.
  • Documentos anexos: Deben ser correctos, estar vigentes y completos.

Documentos necesarios

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Salud, se requieren los siguientes documentos:

  • Formato de solicitud: Debe estar completo y correctamente llenado.
  • Memoria descriptiva: Detalla las actividades y servicios que se ofrecerán en el establecimiento.
  • Planos: Presentados en papel y, preferentemente, en formato electrónico.

Tipos de Establecimientos

Esta licencia aplica para establecimientos que ofrecen servicios de:

  • Bancos de sangre: Con o sin disposición de células progenitoras hematopoyéticas.
  • Servicios de transfusión sanguínea: Incluyendo servicios de transfusión hospitalarios.

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  • Asesoría personalizada: Te guiamos en cada paso del proceso.
  • Cumplimiento normativo: Garantizamos que tu establecimiento cumpla con todas las regulaciones sanitarias.
  • Gestión eficiente: Simplificamos el trámite para que obtengas tu licencia de manera rápida y sin complicaciones.

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